Términos y Condiciones de Uso
Programa de Adelantos – Nodd

Última actualización: 13 de mayo de 2026

1. Objeto

Nodd pone a disposición de sus usuarios un programa de adelantos de regalías, mediante el cual artistas o sellos registrados en la plataforma pueden ser evaluados para recibir un anticipo sobre regalías futuras generadas por su catálogo musical distribuido mediante Nodd.

Este adelanto no constituye un préstamo financiero, sino un anticipo comercial sobre derechos económicos futuros derivados de la explotación de obras musicales.

2. Sujeto a evaluación y aprobación

Toda solicitud de adelanto será evaluada internamente por el equipo de Nodd, considerando la información financiera, historial de regalías, desempeño del catálogo y consistencia de monetización.

La aprobación del adelanto está sujeta a:

  • Disponibilidad de fondos en el programa de adelantos.
  • Cumplimiento de criterios internos de elegibilidad.
  • Verificación de identidad y titularidad de derechos del solicitante.

Nodd se reserva el derecho exclusivo de aprobar, modificar o rechazar cualquier solicitud a su entera discreción, sin obligación de justificación.

3. Proceso de formalización y contrato electrónico

En caso de aprobación preliminar, Nodd enviará al usuario una propuesta formal de adelanto mediante documento electrónico (por Zoho Sign u otro medio equivalente). Al aceptar electrónicamente dicha propuesta, el usuario:

  • Manifiesta su consentimiento vinculante.
  • Autoriza la creación del contrato inteligente que regulará el anticipo.
  • Cede temporalmente los derechos económicos futuros necesarios para garantizar el recobro del adelanto.

Este documento electrónico constituye un contrato válido y exigible conforme a la legislación de Estados Unidos (Florida) y Colombia, con base en las normas sobre firma electrónica y consentimiento digital (Ley 527 de 1999 en Colombia y UETA / ESIGN Act en EE. UU.).

4. Migración del catálogo y ejecución del contrato inteligente

Una vez aceptada la propuesta y formalizado el acuerdo, el usuario deberá migrar su catálogo musical a Nodd, donde las regalías futuras serán gestionadas y recaudadas directamente por la plataforma.

El contrato inteligente asociado asegurará:

  • La transparencia en los flujos de regalías.
  • La distribución automática de los ingresos hacia Nodd hasta el monto total del adelanto.
  • La restauración total de los derechos económicos al artista o sello una vez completada la recuperación.

El contrato inteligente actúa como un instrumento tecnológico de ejecución automática del contrato principal, respaldado jurídicamente por la aceptación electrónica.

5. Desembolso y manejo de fondos

El desembolso del adelanto se realizará en USDC (dólar digital) a la cuenta del usuario en Nodd. El usuario podrá:

  • Mantener y administrar los fondos directamente en su cuenta Nodd (Wallet USDC).
  • Transferir sus fondos a NoddPay para conversión y retiro hacia su banco local, sujeto a los costos, tarifas y normas cambiarias vigentes.

Nodd y NoddPay actúan conforme a las disposiciones del Banco de la República de Colombia (Circular DCIN 83) y a las regulaciones de transmisión de dinero digital en EE. UU., en cumplimiento con las políticas KYC (Know Your Customer) y AML (Anti-Money Laundering).

6. Naturaleza del adelanto

  • No constituyen préstamos financieros ni generan intereses.
  • Son anticipos comerciales sobre regalías futuras.
  • Se recuperan exclusivamente a través de los ingresos reales generados por el catálogo migrado.
  • No crean obligación personal adicional para el usuario más allá del flujo de regalías cedido.

7. Recuperación del adelanto y finalización del contrato

La recuperación del adelanto se realizará de manera automática y proporcional mediante la retención de regalías hasta completar el monto desembolsado.

Una vez saldado el adelanto:

  • El contrato inteligente cesará su ejecución.
  • El usuario recuperará el 100% de sus regalías futuras.
  • Se enviará un comprobante electrónico de cierre y liberación del anticipo.

8. Protección de datos personales y transferencia internacional

Nodd y NOD Technologies S.A.S. cumplen con la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 sobre protección de datos personales en Colombia, así como con las normas de privacidad aplicables en el Estado de Florida (EE. UU.).

El usuario autoriza expresamente:

  • El tratamiento de sus datos personales para fines de evaluación, contacto y ejecución del adelanto.
  • La transferencia internacional de datos entre NOD Group LLC (Estados Unidos) y NOD Technologies S.A.S. (Colombia).
  • El uso de dichos datos por aliados financieros y proveedores tecnológicos del grupo, garantizando confidencialidad.

9. Jurisdicción y legislación aplicable

Este acuerdo se rige por las leyes del Estado de Florida, Estados Unidos, y de manera complementaria por las leyes de la República de Colombia, en especial las normas civiles, comerciales y de protección de datos aplicables.

Cualquier disputa derivada de este programa podrá ser resuelta mediante mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASC) o arbitraje comercial internacional reconocido en ambas jurisdicciones.

10. Aceptación

Al marcar la casilla correspondiente y enviar este formulario, el usuario declara haber leído y comprendido los presentes Términos y Condiciones, autoriza la evaluación de su perfil y la verificación de sus datos, y consiente expresamente la formalización electrónica del contrato de adelanto y la ejecución del contrato inteligente asociado.

La aceptación digital equivale, para todos los efectos legales, a una firma manuscrita y confiere plena validez jurídica en Colombia y en los Estados Unidos.

Última actualización: 13 de mayo de 2026